Solicitud de Obtentor

¿Cómo se presenta una solicitud de obtenciones vegetales?

La solicitud se presenta de forma presencial.

¿Dónde se realiza la solicitud del trámite? En el Registro de la Propiedad Intelectual, ubicado en Colonial Los Robles, costado este del Hotel Intercontinental Metrocentro, Managua.

Persona a Cargo: Gloria Zelaya Laguna, Responsable de la Dirección de Obtenciones Variedades Vegetales.

Email: gzelaya@mific.gob.ni   

Teléfono: 22489300, extensión: 2210.

Horario de atención: lunes a viernes de 08:00 am a 04:00 pm

¿A quiénes está dirigido?

​A toda persona natural o jurídica que desee proteger sus obtenciones vegetales. 

Resultado

Al finalizar el proceso de concesión de una obtención vegetal, el solicitante obtiene un Título de Obtentor: Documento expedido por el Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, MIFIC, en el que se reconoce y ampara el derecho del obtentor de una variedad vegetal.

¿Qué información y documentos debe suministrar?

1. La solicitud de inscripción ante el Registro se compone de la petición, que será una declaración conteniendo la veracidad de la información que acompaña, siendo firmada por el obtentor o su representante legal y el ingeniero agrónomo responsable o profesional especializado en la materia.

2. Formulario de solicitud de protección con información de carácter general y la descripción técnica.

3. La información de carácter general del formulario contendrá:

a. Nombre completo, nacionalidad y el domicilio del solicitante del título del obtentor.

b. Nombre completo del fitomejorador, si los hubiere.

c. Identificación de la especie indicando nombre científico y nombre común.

d. La propuesta para denominación de la variedad vegetal o una designación provisional de ser necesario.

e. Información sobre la comercialización de la variedad vegetal en el territorio nacional, o en el extranjero, indicar fecha y lugar de primera comercialización.

f. Indicar si la procedencia es nacional o extranjera, si es extranjera señalar país de origen, si está en trámite de inscripción o está inscrita.

g. Si se reivindica la prioridad de la solicitud, indicar en que país, año, mes, día, hora, denominación, datos de la inscripción y deberá ser acompañada de la certificación correspondiente.

h. Lugar de ubicación de la muestra viva en el territorio nacional

i. Lugar para notificaciones.

j. Lugar y fecha

k. Firma del obtentor o de su representante legal.

l. Firma del Ingeniero Agrónomo responsable

m. Comprobante de pago de los derechos

4. En el caso de variedades extranjeras deberá presentarse el poder del solicitante debidamente autenticado. La información que se presente en idioma extranjero se acompañará de la traducción correspondiente

5. El formulario se presentará en original para el Registro y dos copias, una copia es para el solicitante.

6. El anexo de la descripción técnica que se acompañará con el formulario contendrá:

a. En cuanto a estabilidad, fecha en la cual fue obtenida por primera vez.

b. Fundamentación sobre la distinguibilidad, precisando cuales son las diferencias más significativas de su variedad con la variedad más parecida. Señalar de forma clara las diferencias de carácter cualitativas.

c. Características morfológicas, fisiológicas, fisicoquímicas, industrial, tecnológicas; se acompañarán fotografías, dibujos o cualquier otro elemento técnico comúnmente aceptado para ilustrar los elementos descriptivos.

d. Describir el procedimiento para el mantenimiento de pureza de la variedad.

e. Información de origen genética, precisando el método de selección, indicando claramente las fechas como año de cruzamiento, año de estabilización, seguimiento en otros años a la estabilización y cual fue el evento de transformación.

f. Nombre del fitomejorador

g. Firma del solicitante, sea obtentor, descubridor o representante legal y del ingeniero agrónomo, responsable o profesional especializado en la materia.

¿Cuánto dura el proceso?

Desde la presentación de la solicitud hasta la emisión del título de obtentor dura aproximadamente 8 meses.

Es bueno saber que:

El título de obtentor tiene una vigencia de veinte años improrrogables. Para mantener en vigencia el título de obtentor, deberán pagarse las tasas anuales. La falta de pago, producirá la caducidad del título obtentor.

En caso de requerir información del proceso comunicarse con:

Atención al usuario en el registro de la Propiedad Intelectual.

Hacerlo saber al correo: atencionusuariorpi@mific.gob.ni