Los Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) acreditados en el extranjero por un Organismo de Acreditación internaciona y que signatariode un Acuerdo de Reconocimiento Multilateral - IAF (MLA) y Multilateral – ILAC (MRA).
Los OEC Acreditados en el extranjero por otros Organismo de Acreditación, y que desean que la Oficina Nacional de Acreditación-ONA reconozca su certificado de acreditación en Nicaragua, deberá de presentar el formato de Solicitud FOR-ONA-15-114 “Solicitud de Reconocimiento de la Equivalencia del Certificado de Acreditación” debidamente cumplimentado, adjuntando toda la documentación requerida, según lo establecido en el documento DOC-ONA-09-007 “Política para el Reconocimiento de la equivalencia del Certificado de Acreditación”. Los reconocimientos otorgados por ONA pueden ser de seis o doce meses, en dependencia de la solicitud recibida y el cumplimiento de los requisitos establecidas en el documento DOC-ONA-09-007 “Política para el Reconocimiento de la equivalencia del Certificado de Acreditación”.