Acuerdo por el que se establece una Asociación entre Centroamérica, por un lado, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otro (AACUE)

Este Acuerdo entró en vigencia para Nicaragua 01 de agosto de 2013. Los objetivos del presente Acuerdo son: ampliar y diversificar la relación comercial birregional de las Partes de conformidad con el Acuerdo sobre la OMC y los objetivos específicos y las disposiciones que figuran en la parte IV (Comercio) del presente Acuerdo, lo cual debería contribuir a un mayor crecimiento económico, a la mejora gradual de la calidad de vida en ambas regiones y a una mejor integración de las mismas en la economía mundial; fortalecer y profundizar el proceso progresivo de la integración regional en ámbitos de interés común, como una forma de facilitar la aplicación del presente Acuerdo; fortalecer las relaciones de buena vecindad y el principio de resolución pacífica de conflictos; mantener al menos, y preferentemente mejorar, el nivel de buena gobernanza, así como los niveles alcanzados en materia social, laboral y medio ambiental mediante la aplicación efectiva de los convenios internacionales de los cuales las Partes sean parte en el momento de la entrada en vigor del presente Acuerdo; y fomentar el incremento del comercio y la inversión entre las Partes, tomando en consideración el trato especial y diferenciado para reducir las asimetrías estructurales existentes entre ambas regiones; fortalecer y consolidar las relaciones entre las Partes a través de una asociación basada en tres partes interdependientes y fundamentales: el diálogo político, la cooperación y el comercio, sobre la base del respeto mutuo, la reciprocidad y el interés común; entre otros. Aplica de región a región y no aplica entre los países de Centroamérica.

 

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Anexos 
Decisiones