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Usted esta aqui:Ventanilla Unica de Inversiones : Servicios Específicos - Requisitos Persona Natural(Cuota Fija)

 

Requisitos Trámites Básicos para Inicio de Operaciones

 

 

 

Persona Natural

Cuota Fija

 

 

 

 

Personas Naturales

 

 Objetivo

Establecer políticas de cooperación entre las instituciones firmantes con el propósito de facilitar a las MIPYMES la realización de trámites para la formalización, a través de un sistema integrado que les permita realizar sus  gestiones en menor tiempo.

 

 

 Beneficios

 Atención y tramitación en la VUI de las solicitudes y gestiones que las MIPYMES realizan para formalización de sus empresas, de conformidad con las regulaciones existentes.
Capacitación a los nuevos contribuyentes en coordinación con INPYME, CAMIPYME y MIFIC.
Facilitación de las inscripciones,  a través de coordinación entre las Administraciones de rentas departamentales y los CAMIPYME para facilitar la inscripción.

 

 

 ¿Qué es una MIPYME?

 MIPYME es todo establecimiento operando como persona natural o jurídica, URBANA o RURAL, de 1 hasta 100 trabajadores, que desarrollan sus labores en diferentes sectores: Industria (incluye agroindustria) comercio y/o  servicio.

 

 

 Clasificación de Empresa MIPYME

En Nicaragua, se utiliza el siguiente criterio para clasificar a las empresas MIPYMES:
  • Unipersonal:1 trabajador
  • Micro empresa: 2 a 5 trabajadores
  • Pequeña empresa: 6 a 20 trabajadores
  • Mediana empresa: 21 a 100 trabajadores
 

 

 

 Exclusiones

 

No podrán considerarse sujetos del beneficio del convenio suscrito entre la DGI-INPYME-MIFIC, las MIPYMES que se encuentren en los siguientes considerando:

  • Las Personas Jurídicas o sociedades, cualquiera que fuere su naturaleza.
  • Las Personas naturales que estén comprendidas en las siguientes situaciones
    • Que sean importadores directos
    • Que sean exportadores directos
    • Que formen parte de unidades económicas.
  • Que comercialicen al menos un tipo de los siguientes bienes: Lavadoras de más de cinco ciclos , aires acondicionados de más de 18 mil btu, compresores de aires de más de 250 lbs, refrigeradoras de más de16 pies cúbicos, cocinas de más de cuatro quemadores , televisores a color de más de  27 pulgadas, cámaras filmadoras , equipos informáticos , fotocopiadoras.
  • En centros comerciales, plazas de compras y localidades similares, independientemente de la actividad económica.
  • Las personas naturales cuyos ingresos brutos anuales por concepto de ventas de bienes y/o prestación de servicios excedan de los C$ 480,000.00 (Cuatrocientos Ochenta mil córdobas)
  • Los micros y pequeños empresarios que adquieran e inscriban como nuevo a una empresa que haya gozado del beneficio de los periodos de gracia concedidos en este convenio
  • Los Micro y pequeños empresarios que ya se encuentren registrados en la DGI.
  • Los Micro y pequeños empresarios que recientemente a la entrada en vigencia del presente convenio, realicen cierres de negocios y los inscriban como nuevos para gozar del beneficio del periodo de gracia.

 

 

 REQUISITOS DGI

 

Carta de Solicitud de Inscripción
Fotocopia de Cédula de Identidad o Cédula de residencia
Fotocopia de recibo de servicio básico agua, luz o teléfono ( A nombre de la persona y que confirme la dirección actual)
Llenado de formato de inscripción (administración de renta)
Tener 18 años de edad como mínimo
Order Book
Aval de INPYME  para beneficiarios de convenio MIFIC-INPYME-DGI

 REQUISITOS ALCALDIA DE MANAGUA

 

Fotocopia del RUC
Fotocopia de Cédula de Identidad o Cédula de residencia
Carta para trámite (si la persona que realiza el trámite no es el dueño del negocio)

Permiso ambiental y/o policía, dependiendo de la actividad del negocio.

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